Para mantener una ciudad más limpia, ordenada y donde nos respetemos entre vecinos, se recuerda la vigencia de Ordenanza 2055/09.
Desde el municipio breñense se recuerda la vigencia la Ordenanza Municipal Nº 2055/09 de Procedimientos y Reglamento Urbanístico.
Ante reclamos desde vecinos de nuestra localidad sobre la limpieza y derrame de aguas servidas, desde el municipio local se recuerda la vigencia de una Ordenanza Municipal abarcativa sobre esta problemática vigente y que se pretende desde esta buscar se utilicen los días establecidos.
Según lo expresado en este escrito legislativo municipal, se recuerda que queda terminantemente prohibido derramar, arrojar o dejar escurrir aguas servidas, sucias o en descomposición, del lavado de vehículos y de patios provenientes de desagües secundarios, hacia las aceras pavimentadas o cunetas de calles de tierra o de ripio.
Se autoriza, solo para los días jueves de cada semana, el desagüe de piletas de natación, desagües de aljibes, cisternas, tanques o depósitos de agua y del lavado de autos.