¿Qué dice la Ley que beneficiaría a los Excombatientes?

Los Excombatientes serían beneficiados por una legislación provincial, la que dejamos  para comprender la situación reinante.

Para que el lector pueda entender de qué se estaría debatiendo en nuestra comunidad entre Excombatientes, sus hijos y autoridades municipales, se deja un párrafo de la Ley Provincial Nº 7269, aunque siendo aparte el compromiso que habría asumido el intendente Víctor Machuca en el año anterior, según dichos de quienes serían los reclamantes.

En la Ley Nro. 7269 se modifica entre otros, el artículo 13 bis de la ley 2017 -de facto-y sus modificatorias -Estatuto para el personal de la Administración Pública Provincial-, el que quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 13 bis: Cuando un agente que haya sido soldado combatiente de la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur cese en su cargo por acogimiento al beneficio previsional de jubilación o fallecimiento, la vacante producida será cubierta por un familiar de primer grado de consanguinidad, quien ingresará en el cargo mínimo escalafonario, siempre que los aspirantes cumplan con los requisitos de admisibilidad exigidos para el ingreso en la norma estatutaria, determinándose que se efectuará mediante concurso de antecedentes y  oposición.

Tendrá preferencia en el ingreso, una vez aprobado el concurso de mención y ante igualdad mérito. El Poder Ejecutivo podrá destinar, a este beneficio, un máximo de hasta cien (100) cargos por año calendario, a partir del año 2013 hasta el 2015, ambos inclusive.

En idénticas condiciones y preferencias a las definidas en el párrafo anterior, será incluido dentro del cupo establecido uno de los hijos de los beneficiarios de la pensión graciable provincial para ex -combatientes de la guerra del Atlántico Sur, creada por ley 4569, que no conforman la planta permanente de la Administración Pública Provincial, invitándose a los municipios de la Provincia a adherir al artículo 2° de la presente ley.

Para poder ser parte de la Planta Permanente, los jóvenes debieron cumplimentar lo expresado en Decreto 1970/2013, el que fuera ratificado mediante la Resolución 1732/2015, teniendo así todos la posibilidad de prepararse y rendir los exámenes respectivos.

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